Construcción jurídica del derecho a una televisión accesible
DOI:
https://doi.org/10.24310/TRANS.2007.v0i11.3101Palabras clave:
accesibilidad, derechos a la información y a la comunicación, sordera, lenguas de señas, subtitulación, audio descripción.Resumen
La accesibilidad a los medios de comunicación audiovisuales ha de favorecer la aproximación y la familiarización de las personas sordas con la sociedad del conocimiento y de la información, así como con lo que constituyen sus instrumentos, nuevas tecnologías de inmensas potencialidades, que abren profundos horizontes a las relaciones de comunicación del hombre con el hombre, así como del hombre con el mundo en el que vive. Al tiempo que dotan al ser humano de una enorme –y siempre creciente- capacidad para ampliar las vías de acceso a la información y a la cultura, a fin de que dichas personas sordas consigan superar su proverbial desarraigo, alcancen a mejorar su, hoy por hoy, poco envidiable calidad de vida, y logren así participar, de una manera activa y plena, como ciudadanos, en la vida política, al igual que en la toma y en la ejecución de las decisiones que les puedan concernir, tanto en el ámbito del Estado al que pertenecen, como en el de las distintas comunidades en las que pudieran encontrarse integrados
Descargas
Métricas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Todos los contenidos publicados en TRANS. Revista de Traductología están sujetos a la licencia Creative Commons Reconocimento-NoComercia-Compartirigual 4.0 cuyo texto completo puede consultar en <http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0>
Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que:
- Se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra).
- No se usen para fines comerciales.
- Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.
- Compartir Igual — Si remezcla, transforma o construye sobre el material, debe distribuir sus contribuciones bajo la misma licencia que el original.
Los derechos de autor son de dos clases: morales y patrimoniales. Los derechos morales son prerrogativas perpetuas, irrenunciables, intransferibles, inalienables, inembargables e imprescriptibles. De acuerdo con la legislación de derechos de autor, TRANS. Revista de Traductología reconoce y respeta el derecho moral de los autores/as, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será cedido a la Universidad de Málaga para su difusión en acceso abierto. Los derechos patrimoniales, se refieren a los beneficios que se obtienen por el uso o divulgación de las obras. TRANS. Revista de Traductología se publica en open access y queda autorizada en exclusiva para realizar u autorizar por cualquier medio el uso, distribución, divulgación, reproducción, adaptación, traducción o transformación de la obra.
Es responsabilidad de los autores/as obtener los permisos necesarios de las imágenes que están sujetas a derechos de autor.