El deber de información como criterio de aceptabilidad de las traducciones jurídicas de las páginas web
DOI:
https://doi.org/10.24310/TRANS.2015.v2i19.2074Palabras clave:
legal translation, legal language, corpus-based approach, standardization, functional approaches, localizationResumen
En este trabajo nos concentramos en la combinación inglés-español y examinamos los contenidos jurídicos de las páginas web traducidas al español con objeto de individualizar los rasgos conceptuales, estilísticos y terminológicos que presentan.
En especial nos interesa analizar la difusión de nuevos conceptos jurídicos y formas de redacción, así como explorar los límites de la aceptabilidad de las traducciones que, por no respetar el genio de la lengua de llegada, vulneran los límites permitidos por las características de hibridación o interferencia consustanciales
a toda traducción (Toury, 1995; Monzó 2002, 2005; Borja, 2005). En efecto, los problemas de traducción que se plantean van muy ligados a su posible recepción o interpretación en el ordenamiento jurídico de llegada. Sin embargo, las traducciones denotan mucho más su fidelidad al texto de partida que su deber de información hacia el receptor final. A fin de intentar demostrar esta afirmación presentaremos, en paralelo, algunos ejemplos de las traducciones de documentos digitales al catalán. En un ámbito donde el catalán y el castellano comparten un mismo ordenamiento jurídico, es decir, una misma base conceptual, las diferencias
en el plano lingüístico nos permiten analizar si la fidelidad al texto de partida es compatible con el deber de información hacia el destinatario final de la traducción.
El objetivo de este trabajo es demostrar que las traducciones de los contenidos jurídicos de las páginas web no toman en consideración el ordenamiento jurídico de la cultura de llegada y que ello puede dar lugar a problemas de interpretación o, cuando menos, de comprensión por parte del receptor final.
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