Los trabajadores tienen derecho a que la empresa les conceda un permiso de 15 días retribuidos para participar como candidato en una campaña electoral
DOI:
https://doi.org/10.24310/rejlss9202419718Palabras clave:
permiso retribuido, deber inexcusable de carácter público y personal, campaña electoral, sufragio pasivo, discriminación, Ley 15/2022Resumen
Por de pronto, el art. 37.3.d) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET) vigente contempla que: “La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.” La cuestión, pues, se centra en averiguar si puede entenderse como un deber inexcusable de carácter público y personal que un trabajador, con la condición de candidato de una organización política, pueda disfrutar de un permiso retribuido para intervenir de manera activa en una campaña electoral.
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Derechos de autor 2024 Daniel Toscani Giménez
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