La demarcación territorial de la medida cautelar como elemento competencial
Sentencia del Juzgado de lo Social de Sevilla número 7, de 01 de abril de 2020
DOI:
https://doi.org/10.24310/rejlss.vi1.10417Palabras clave:
prevención de riesgos laborales, medidas cautelarísimas, COVID-19, personal sanitarioResumen
Los distintos espacios competenciales tanto por razón de la materia -a los que se vinculan las peticiones de medidas cautelares (derechos fundamentales, prevención de riesgos laborales…)-, como por razón del ámbito territorial de aplicación de las mismas, constituyen el núcleo central de la sentencia. No obstante, y desde una perspectiva más general, la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía recogen la excepcionalidad de la situación y su influencia a la hora de denegar las medidas cautelares.
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