Lenguas Indígenas en el contexto jurídico
En el ámbito internacional la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de
los
lenguas indígenas en diferentes aspectos:
Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones
futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir
nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como a mantenerlos.
En el año 2001 se aprobó una reforma al artículo 2°
de la Constitución Política de los
Estados
pluricultural sustentada originalmente en los pueblos indígenas; por lo que se garantiza el derecho
de los pueblos y las comunidades indígenas a la autonomía para preservar y enriquecer sus lenguas
y
derechos.
Dicha reforma dio pie a la creación de la Ley General de los Derechos Lingüísticos de los
Pueblos Indígenas (LGDLPI) y su publicación en 2003 en el Diario Oficial de la Federación, la
cual reconoce que tanto el español como las
indígenas son lenguas nacionales con
misma validez para cualquier trámite o asunto de carácter público.
A su vez, la LGDLPI es el instrumento jurídico que fundamenta la creación del Instituto
Nacional
de
Lenguas
(INALI),
que
tiene
entre
sus
objetivos
promover
el
fortalecimiento,
territorio nacional. Además, faculta a dicho Instituto para desarrollar el Catálogo de las Lenguas
Indígenas Nacionales, y se encarga del desarrollo de los proyectos de normalización de escritura
de las lenguas indígenas en nuestro país.
En particular, es importante enfatizar algunas atribuciones indicadas en el Capítulo IV, art.
14 de la LGDLPI:
a)
coordinación con los tres órdenes de gobierno y los pueblos y comunidades indígenas.
b) Promover programas, proyectos
y acciones para vigorizar el conocimiento de las culturas y lenguas
indígenas nacionales.
c)
conocimiento; estimular la preservación, conocimiento y aprecio de las lenguas indígenas en los espacios
públicos y los medios de comunicación, de acuerdo a la normatividad en la materia.
d) Formular y realizar proyectos de desarrollo lingüístico, literario y educativo.
e) Elaborar y promover la producción de gramáticas, la estandarización de escrituras y la promoción de la
lectoescritura en lenguas indígenas nacionales.
Uno de los objetivos principales de dicho Instituto es el de llevar a cabo la convivencia
plural,
lingüística, así como implementar acciones tendientes a la “protección, preservación, promoción
y
aspectos de la lengua que nos competen: oralidad, lectura y escritura.
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