La investigación de casos reales de violaciones a derechos humanos en el sur de México. Propuesta para la construcción de una metodología desde una perspectiva académica
DOI:
https://doi.org/10.24310/REJIE.2018.v0i17.4165Palabras clave:
derechos humanos, Universidad Autónoma de Chiapas, análisis de contexto, metodología, proyecto terminal, estudio de casoResumen
La investigación de casos actuales de violaciones a derechos humanos y la construcción de una metodología para este propósito desde la perspectiva académica, modifica la visión teórica a la que tradicionalmente se enfrenta la enseñanza-aprendizaje de los derechos humanos en México basada fundamentalmente en el estudio, análisis y difusión de contenidos y no en la práctica objetiva.
Impulsar un programa académico innovador de esta naturaleza, significa involucrar al estudiante al terreno de una práctica compleja en aras de construir un “proyecto terminal” que le amerite obtener el grado; ello implica, el acompañamiento a la víctima, la instrumentación de una estrategia de defensa para reparar efectos negativos provocados por el exceso en la actividad del Estado, procurar la reparación del daño, en su caso, asegurar la no repetición de acto y la sanción a los servidores públicos involucrados.
Este articulo expone la experiencia de un programa de posgrado en materia de defensoría, que explora desde la perspectiva académica la realidad que enfrentan los derechos humanos en México y la complejidad de su tutela, expone además, como se articula una herramienta metodológica innovadora, construida a partir del análisis de contexto, que orienta el trabajo de estudiantes y docentes hacia la instrumentación de mejores estrategias de defensa.
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ÁLVAREZ ICAZA, E. (2016). “La situación de los derechos humanos y la respuesta de la sociedad organizada en México”, Boletín UNAM-DGCS-367, Ciudad Universitaria. 28 de mayo de 2016. (En línea) http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2016_367.html
BARBA, J.B. (2013). Educación para los derechos humanos. México: Fondo de Cultura Económica.
BIAVATI, P. (2005). “La Corte di Giustizia dell’Unione Europea”, en Coloquio Administración de Justicia en Iberoamérica y Sistemas Judiciales Comparados, México. (En línea) https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1978/17.pdf
CARBONELL, M. (2002). Derechos Internacional de los Derechos Humanos-textos básicos. México: Porrúa.
ESTRADA VALDEZ, F. (2016). Indígenas en el Acceso a la Justicia Penal en Chiapas. Tesis (proyecto terminal) para obtener el grado de Maestra en Defensa de los Derechos Humanos. México: Universidad Autónoma de Chiapas, CECOCISE.
FRIEMMEL, T. (2008). Why Context Matters. Applications of Social Network Analysis. Germany: Vs Verlag.
GALINDO ALBORES, J.A. (2017), La protección no jurisdiccional de los derechos humanos en México. Desafíos actuales del Ombudsman nacional. México: Porrúa.
GONZÁLEZ PÉREZ, L. R. (2011). "El sistema no-jurisdiccional de protección de los derechos humanos en México", en Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, México, año V, núm. 28, julio-diciembre.
HERNANDEZ DE GANTE, A. (2017). “Reforma penal en México”. En Revista Derecho, Montevideo, núm. 16. (En línea)
<http://www.scielo.edu.uy/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S2393-61932017000200137&lng=es&nrm=iso>.
HINESTROZA, V. & SERRANO, S. (Coords.) (2017). Violaciones, derechos humanos y contexto: herramientas propuestas para documentar e investigar. Manual de Análisis de Contexto para Casos de Violaciones a los Derechos Humanos. London: International Bar Associations Human Rights Institute, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Sede México (flacso). (En línea)
http://www.flacso.edu.mx/sites/default/files/violaciones-ddhhy-contexto-herramientas-propuestas-para-documentar-investigar.pdf. Consultado en 04/07/17 a 20: 50
HUERTA AMEZOLA, J., PÉREZ GARCÍA I. y CASTELLANOS CASTELLANOS, R. (2000). "Desarrollo curricular por competencias profesionales integrales". En Revista Educar, núm. 13, Abril-Junio 2000. (En línea) http://educar.jalisco.gob.mx/13/13Huerta.html. Consultado en 20/07/17 a 10: 15
RAMÍREZ MARTÍNEZ, B. (2017). “El “fracaso” del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en México”. En revista Hechos y Derechos, núm. 40, julio-agosto 2017. (En línea) https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos/article/view/11440/13340
SÁNCHEZ LÓPEZ, M. (2017). Violaciones a los derechos humanos de jornaleros migrantes agrícolas de la comunidad Chichabanteljá. Tesis (proyecto terminal) para obtener el grado de Maestra en Defensa de los Derechos Humanos. México: Universidad Autónoma de Chiapas, CECOCISE.
RECURSOS EN RED
CENTRO DE RECURSOS PARA LA JUSTICIA INTERNACIONAL (2012). “Prevención y Reparación de Violaciones a Derechos Humanos en el Marco Internacional: Defensa ante el Sistema Interamericano – Manual para Abogados y Defensores.” (En línea)
http://ijrcenter.org/wp-content/uploads/2009/12/Manual-para-Abogados-y-Defensores.pdf. Consultado en 13/09/17 a 18: 23
COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU (1994). “Observación General núm. 24.” (En línea)
https://conf-dts1.unog.ch/1%20SPA/Tradutek/Derechos_ hum_Base/CCPR/00_2_obs_grales_Cte%20DerHum%20%5BCCPR%5D.html#GEN24
CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE EL DERECHO DE LOS TRATADOS (1969). (En línea) http://www.un.org/es/treaty/untc.shtml
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHO HUMANOS (2008). “Caso Bayarri Vs. Argentina.” Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de octubre de 2008. Serie C No. 187. (En línea) http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_187_esp.pdf
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHO HUMANOS (1986). Opinión Consultiva 7/86, de 29 de agosto de 1986, solicitada por Costa Rica. (En línea) http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_07_esp.pdf
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (2005). “Control de Legalidad en el Ejercicio de las Atribuciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Arts. 41 y 44 a 51 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos),” Opinión Consultiva OC-19/05 del 28 de noviembre de 2005, Serie A No. 19, párr. 13 b. (En línea) http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_19_esp1.pdf
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (1999). “El derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso legal.” Opinión Consultiva OC-16/99. Serie A, núm.16. (En línea)
http://www.corteidh.or.cr/cf/Jurisprudencia2/busqueda_opiniones_consultivas.cfm
CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (2001). LaGrand Case (Germany c. United States of America). I.C.J Judgement of 27 june 2001. (En línea) http://www.lawschool.cornell.edu/library/cijwww/icjwww/idocket/igus/igusframe.htm
INTERNATIONAL LAW COMMISSION (1950). “Report of the International Law Commission to the General Assembly (Part II): Ways and Means of Making the Evidence of Customary International Law More Readily Available”, U.B. Int’l L. Comm’n 367, ILC Doc. A/1316. (En línea)
http://untreaty.un.org/ilc/texts/instruments/english/reports/1_4_1950.pdf.
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