OIT. Visibilizar la diferencia biológica hombre-mujer: clave para una real y efectiva salud laboral
DOI:
https://doi.org/10.24310/rejlss8202418406Palabras clave:
selección de personal, discriminación, algoritmos digitales, igualdad, sesgos discriminatorios, Derecho Laboral, géneroResumen
En este trabajo de investigación se pretende poner el énfasis en la seguridad y salud en el trabajo en clave perspectiva de género. En este contexto se persigue que la salud laboral sea real y efectiva. Para conseguirlo es imprescindible que se visibilice la diferencia biológica hombre mujer. Se reclama subrayarla en la normativa de aplicación. Atendiendo también a que la Organización Internacional del Trabajo en su Conferencia 110º proclamó como principio fundamental: un entorno de trabajo seguro y saludable.
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Bonet Pérez, J., Mundialización y régimen jurídico internacional del trabajo. La OIT como referente político jurídico universal, Atelier, Barcelona, 2007.
Camas Roda, F., Trabajo decente e inmigrantes en España: Un estudio sobre los derechos laborales de los trabajadores migrantes y del objetivo internacional del trabajo decente, Huygens, Barcelona, 2016.
Gil y Gil, J.L., “La declaración del centenario de la OIT para el futuro del trabajo”, Revista General del derecho del trabajo y de la Seguridad Social, núm. 57, 2020.
López Insua, B.M., “Los convenios colectivos sectoriales”, en A.A.V.V. (Monereo Pérez, J.L., Arias Domínguez, A., Gorelli Hernández J. y Vila Tierno, F., Dirs.), Protección social de los trabajadores del campo en el Estado Social Autonómico: aspectos laborales y de Seguridad Social, Laborum, 2019.
Martínez Moreno, C., Álvarez Cuesta, H., Grau Pineda, C. y Castro Franco, A., “Revisión jurisprudencial de las dolencias y patologías que sufren las camareras de piso. Propuestas para su reconocimiento como enfermedad profesional”, Instituto de las Mujeres. Catálogo de publicaciones de la
Administración General del Estado. Madrid, 2023.
Monereo Pérez, J.L., “Derecho a la seguridad y salud en el trabajo”, en A.A.V.V. (Monereo Atienza, C. y Monereo Pérez J.L., Dirs.), El sistema universal de los derechos humanos, Comares, Granada., 2014.
Ramos Quintana, M.I., “El futuro de las mujeres- el futuro de la humanidad: más derechos efectivos para un empoderamiento real”, Trabajo Decente para todos, OIT Oficina para España, 2017.
Rojo Torrecilla, E., “Notas sobre el acoso sexual en el ámbito laboral. Referencias normativas y resoluciones judiciales”, Blog: El nuevo y cambiante mundo del trabajo, una mirada abierta y crítica a las nuevas realidades laborales 23 de noviembre de 2022.
Sanguinetti Rayomond, W., “El Convenio 190 de la OIT sobre la violencia y el acoso y los desafíos de su aplicación por los Estados”, Editorial CISS: Trabajo y Derecho, núm. 95, noviembre de 2022.
Valdeolivas García, Y. y Tudela Cambronero, G., “La protección de la seguridad y salud y salud laboral en la historia de la OIT”, Revista del Ministerio de Trabajo y Economía Social: Revista del Ministerio de Trabajo y Economía Social, núm. 147, 2020.
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