El nuevo régimen jurídico (legal y convencional) de relaciones laborales en la estiba portuaria: ¿Cumple ya las exigencias de la liberalización del sector que impone el TJUE?
DOI:
https://doi.org/10.24310/rejlss.vi5.14733Palabras clave:
estibador portuario, SAGEP, Centros Portuarios de empleo, liberalización del sector, V Acuerdo MarcoResumen
Desde la promulgación de la Sentencia del TJUE de 11 de diciembre de 2014 el régimen jurídico laboral de la estiba portuaria ha sufrido una transformación radical, transformación que ha tenido su reflejo más evidente en la mutación —en la mayoría de los puertos españoles— de las anteriores SAGEP en los actuales Centros Portuarios de Empleo, que son ETTs que incorporan especialidades propias del sector de la estiba. El presente estudio analiza la evolución de las normas (legales y convencionales) promulgadas en nuestro país desde 2014 con el objetivo de cumplir las exigencias de liberalización del sector impuestas por el Fallo comunitario, centrándonos en el contenido del RDL 8/2017, de 28 de febrero y del RDL 9/2019, de 29 de marzo e incidiendo, particularmente, en los cambios más recientes: los operados por la Ley 4/2022 y por el V Acuerdo Marco del sector, Acuerdo que acaba de ser publicado en el BOE de 18 de mayo de 2022.
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