Reflections on Labour Relations in Roman Law

Autores/as

  • Gábor Hamza
    Hungría

DOI:

https://doi.org/10.24310/chrlpl.3.2011.23562

Palabras clave:

Artes liberales, Asunción de riesgos, Obligació Bonae fidei, Conductor, Culpa levis, Arrendamiento de bienes, Honorarium, Locatio conductio operarum, Locator, Mandatum, Merces, Multa

Resumen

El contrato de arrendamiento de servicios suponía la contratación de mano de obra libre a cambio de un salario mientras durase el contrato. En tales casos, el contratado se obligaba a poner sus servicios a disposición del contratante y trabajar para éste por un salario por hora, día, semana, etc. El arrendamiento de servicios en la Antigua Roma se refería principalmente al trabajo manual, a pesar de que también podían arrendarse ciertos servicios profesionales, actividades de alto nivel intelectual dentro de las artes liberales, que no podían ser objeto de locatio conductio. El arrendamiento de servicios dio lugar a un principio de obligación sinalagmática de buena fe. El asalariado estaba obligado a trabajar conforme a las instrucciones del patrón y al nivel de calidad requerido. Se le podía considerar responsable de culpa levis. La asunción de riesgos era compartida por ambas partes. La norma general era que el riesgo era asumido por la persona en cuyo ámbito se diese la circunstancia que generase un obstáculo para el desempeño del servicio.

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Publicado

2011-12-30

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Número

Sección

Artículos

Cómo citar

Hamza , G. (2011). Reflections on Labour Relations in Roman Law. Revista Crítica De Historia De Las Relaciones Laborales Y De La Política Social, 3, 34-36. https://doi.org/10.24310/chrlpl.3.2011.23562